Amplían procesamiento de López por enriquecimiento ilícito
Publicado: 01-09-2016
En una resolución de casi 700 fojas, Daniel Rafecas amplió el procesamiento por «enriquecimiento ilícito» contra José Francisco López, por la propiedad del terreno y la casa que habitaba en Dique Luján, en la localidad bonaerense de Tigre, valuada en unos u$s700.000. El ex funcionario de Obras Públicas vivía allí junto a María Amalia Díaz desde el año 2011, a quien le dictó el procesamiento como “partícipe necesaria” del delito por el que está procesado su marido.
El magistrado dio por probado que la mujer «participó activamente en la incorporación del inmueble al patrimonio de López, desde un comienzo y hasta su finalización, a sabiendas de que los recursos destinados al efecto eran injustificables a partir del salario de su esposo y del patrimonio familiar previo».
Andrés Galera y Eduardo Gutiérrez también fueron procesados como “partícipes necesarios” en la maniobra de enriquecimiento de ilícito del ex funcionario kirchnerista, en la adquisición de esa propiedad.
López está procesado, con prisión preventiva, por enriquecimiento ilícito por los más de u$s 9 millones con los que fue sorprendido y detenido el 14 de junio pasado, en el convento «Nuestra Señora de la Virgen de Fátima». Con la resolución de hoy, Rafecas amplió el alcance de los bienes implicados en la acusación a la propiedad ubicada en Belgrano 1018, en Dique Luján, que López supuestamente alquilaba a Gutiérrez.
El magistrado consideró que Galera y Gutiérrez contribuyeron a cometer el delito de enriquecimiento ilícito «al aparecer como sucesivos titulares del dominio de la citada propiedad», es decir, al actuar como testaferros de López, el primero entre 2008 y 2010 y el segundo desde 2010 y hasta la actualidad. «El juez dio por probado en la causa, que el verdadero dueño de la misma sería, desde un comienzo, José Francisco López, quien dio innumerables muestras de actuar siempre como `propietario´ y no como `inquilino´ de Gutiérrez, por ejemplo, al encargar y mandar a construir un nuevo cuarto para destinarlo a gimnasio, a un costado de la vivienda», indicó el Centro de Información Judicial, que publicó la resolución del magistrado.
«En concreto, se dio por probado en la causa que el matrimonio López controló el progreso de toda la obra, desde la demolición del casco anterior hasta la terminación final de la casa, en un proceso que duró al menos dos años (
2009-2011), y que, en definitiva, la vivienda terminada fue diseñada y construida conforme a sus deseos y que vivieron allí desde ese entonces y hasta la noche del 14 de junio pasado», sostuvo Rafecas en el fallo.
«Por ejemplo, su fachada de contrafrente resultó ser a imagen y semejanza de la vivienda que los López poseen en Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, según directivas que María Amalia Díaz le dio al arquitecto encargado del diseño de la obra, Federico Curcio, conforme se puede ver a simple vista», agrega.
En el fallo que amplía los procesamientos, Rafecas indicó que las titularidades de dominio de la casa de Galera como Gutiérrez «se reputaron como ficticias y aparentes, así como también el contrato de locación extendido en favor de López a partir de 2011, el cual, además, tenía un precio que estaba muy por debajo del valor locativo real fijado por la tasación oficial dispuesta oportunamente por el juez».
El magistrado estableció la medida de «no innovar» sobre la propiedad, en caso de que disponga el eventual decomiso, remate y reintegro de los recursos al Estado Nacional, si se produce una condena por los hechos imputados en juicio oral y público. La semana pasada, Rafecas estimó que la causa podría ser elevada a juicio antes de fin de año.