El Presidente Macri vetó el cobro de dos jubilaciones mínimas a ex combatientes
Publicado: 14-12-2016
Lo que en un principio debía ser una buena noticia para quienes combatieron en la guerra de las Islas Malvinas, no lo terminó siendo. Hoy, la Casa Rosada promulgó en el Boletín Oficial la ley que habilita a los ex combatientes, con 53 años de edad, a acceder a la “jubilación anticipada” por el servicio militar prestado en el Atlántico Sur.
Pero la norma, que fue sancionada por el Congreso el 16 de noviembre pasado, trajo una novedad: fue eliminada la “garantía” de cobro de dos jubilaciones mínimas al momento del retiro, uno de los reclamos considerados fundamentales para los ex conscriptos que no pudieron reinsertarse en el mercado laboral o trabajaron “en negro” tras el conflicto bélico.
El decreto, que incluyó la firma del presidente Mauricio Macri y de todos los ministros del gabinete, “observó” el artículo N°3 de la ley 27.329, que estipulaba que aquellos que pidan la jubilación anticipada “en ningún caso, el haber resultante podrá ser menor que el equivalente a dos (2) jubilaciones mínimas del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)”.
Para justificar este veto parcial, el Gobierno planteó en los considerandos del decreto 1250/2016 que el pago de los dos haberes mínimos “desnaturaliza” el sistema previsional, ya que el objetivo de este es establecer “el otorgamiento de las prestaciones por vejez en virtud del esfuerzo contributivo realizado por los trabajadores a lo largo de toda su vida activa, y cuyo haber es el resultante de dicha historia laboral”. E insiste al agregar que “no se encuentra fundamento para establecer un haber mínimo diferencial que no guarde relación” con los aportes.
Los ex combatientes perciben en la actualidad una pensión honorífica no contributiva de carácter nacional, equivalente a tres jubilaciones mínimas. La pensión se trata de una suma diferenciada y aparte de la jubilación regular, que se regula a través del SIPA.
Ese reconocimiento monetario alcanza a quienes participaron entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM), a los que realizaron efectivas acciones de combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), y los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio o de apoyo en la defensa del archipiélago.
Con el nuevo “régimen especial previsional” para ex soldados, el mecanismo venía a dar respuesta a algunos vacíos y demandas planteadas por los veteranos. Por un lado, establece la posibilidad de jubilarse anticipadamente a quien tenga 53 años y haya realizado 10 años de aportes, tomando como parte de estos los dos años prestados como conscripto. De esta manera, el régimen pone en consideración la menor expectativa de vida de aquellos que participaron en el conflicto bélico, que se calcula aproximadamente en 10 años menos que un civil común, de acuerdo a estimaciones nacionales e internacionales de organismos de salud.