ELECCIONES PASO 2013: «EL DEBUT DE LA CONSTANCIA DE VOTO», LAS DUDAS DEL ELECTOR
Publicado: 11-08-2013
Si el elector no figura en el registro de infractores con el deber de votar y pierde la constancia no necesitará hacer ningún trámite. Si aparece en el registro como infractor, pese a haber votado, podrá solicitar a la autoridad competente que verifique su firma en el padrón.
Si a pesar de haber votado, el elector aparece en el registro de infractores, y además no cuenta con la constancia, aún se puede solicitar a la autoridad competente que verifique la firma en el padrón.
Si no figurás como infractor, no necesitas hacer ningún trámite ante la pérdida de la constancia.
Cabe recordar que la no emisión del voto se considera una falta electoral y mediante una acordada extraordinaria, la Cámara Nacional Electoral determinó el monto de las multas para quienes no voten en las elecciones primarias y las nacionales.
¿Por cuánto tiempo hay que guardar el comprobante de votación? El papel impreso que se le entregue a cada elector como constancia de votación se debe guardar durante 60 días. A los 60 días de la elección, se publicará un listado con la lista de quienes votaron. Para reclamos por errores, hay que presentar el comprobante.