Domingo 15 de Diciembre de 2024

La Justicia ordenó al juez que abra el concurso preventivo de Oil Combustibles

Publicado: 27-12-2017

La Sala D de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial revocó la decisión del juez Hugo Vitale y ordenó que se abra el concurso preventivo de Oil Combustibles SA, la empresa de Cristóbal López que adeuda a la fecha $ 17.000 millones a la AFIP, por no pagar el impuestos a los combustibles y financiarse con los fondos que debían ir al Estado.

Los camaristas entendieron que existe la cesación de pago y «sea cual sea su causa» es motivo para hacer lugar «a la apertura concursal» y así «preservar la empresa y las fuentes laborales». A una semana de la detención del empresario kirchnerista, los jueces de la Cámara Comercial, Pablo Heredia, Gerardo Vassallo, Juan Garibotto, revocaron la determinación del juez Vitale de rechazar la apertura del concurso preventivo de Oil Combustibles SA.

En un fallo de 44 páginas al que accedió Clarín, se señaló que la empresa sí se encuentra en cesación de pago en función de un informe de la sindicatura del Grupo, y que de continuar dicha situación «el proceso destinado a resolverlo» es el concurso de acreedores y así, «evitar que la quiebra se declare, o la quiebra misma». Después de dos decisiones negativas de la justicia sobre la apertura del concurso (el primer concurso fue anulado por la Corte Suprema y el segundo rechazado por el juez Vitale), los camaristas abrieron una posibilidad a la nueva administración del Grupo Indalo.

Entendió el Tribunal que es momento de «separar a la empresa del empresario», en este caso López y Fabián De Sousa procesados por defraudación al Estado y detenidos preventivamente por el juez federal Julián Ercolini.

«El concurso preventivo se abre por la sola constatación objetiva del estado de cesación de pagos sin consideraciones de índole subjetiva como son las intenciones o designios perseguidos y en mira a la protección de la empresa, no de los empresarios», indica el fallo de cámara. Así, remarcaron que de lo que se trata es de «conservar la empresa» que es el principal activo de Indalo y que el concurso preventivo «se justifica como un modo de conservación de las fuentes de trabajo», bajo la idea de que la insolvencia «no debe destruir la empresa sino ésta hacer desaparecer la situación de impotencia patrimonial» que impide que cumpla con sus compromisos.

Para los camaristas, Oil tiene un valor «social, político y económico», que amerita «la estimación de la empresa en la vida de la comunidad y requieren que el derecho considere específicamente su valor comunitario». Cabe recordar que López quiso vender Oil a OP Investment de Ignacio Rosner, operación que por la inhibición de bienes ordenada por Ercolini no se concretó. Son los nuevos administradores, no dueños, ya que siguen siendo el empresario K y De Sousa, los que piden la apertura del concurso para traer «nuevos inversores» y capitalizar a holding.

Asimismo, plantearon que «no hay duda» que quien pide el concurso, Oil Combustibles SA, «es un sujeto concursable» y que «la cesación de pagos es real, efectivo y no simulado» y que las causas que condujeron a la insolvencia «son indiferentes para decidir la apertura de la convocatoria de acreedores». La deuda con AFIP representa el 90% del pasivo de la empresa.

Este planteo revoca la decisión del juez Vitale que basó su rechazo a la apertura del concurso, en el informe general de la sindicatura que determinó, que la época en que se produjo la cesación de pagos de Oil Combustibles S.A. «coincide con el mismo comienzo de su política empresaria de sistemáticamente financiarse compulsivamente contra el Fisco Nacional (no pagando regularmente el Impuesto a los Combustibles Líquidos)».

Esta maniobra defraudatoria, es la explicación -según el juez Vitale- del «desequilibrio económico en que cayó la concursada y reveladoras también del estado de cesación de pagos en el que innegablemente incurrió”. Para el magistrado Oil procedió en «fraude a la ley» y se «simuló una cesación de pagos con maniobras defraudatorias».

Sin embargo, la Sala D de la Cámara Comercial consideró que las apreciaciones del magistrado incurrió en una «indagación causal del estado de cesación de pagos no admitida por la ley argentina en la etapa preliminar de la apertura concursal», para rehusarse a abrir el concurso preventivo solicitado por Oil. Señalaron que sea cual sea la causa de la cesación de pago, debe darse lugar a la apertura del concurso.

Además, rechazaron los camaristas la idea de que el concurso solicitado sea un «fraude a la ley», si así fuera «sería siempre un fraude a la ley toda presentación en concurso de un deudor del Fisco a quien no se le conceden administrativamente más moratorias o refinanciaciones, lo que no es sostenible conceptualmente», indicó el tribunal mercantil.