Sábado 14 de Septiembre de 2024

‘Mamá es mala’…, por la Dra Valeria Carreras @dravaleria

Publicado: 01-02-2014

Sin título

Seguramente el lector esté al tanto del lamentable accidente acaecido en Pinamar, donde resultó fallecido un nene de 10 años, que circulaba a bordo de un cuatriciclo manejado por su primo de 15 años y seguramente estàn conmovidos, tristes con la noticia.-
Yo también, pero este episodio me llevó a reflexionar en lo legal y en lo personal, porque ademàs de abogada soy madre y porque no se puede aplicar la ley friamente a todo sin un grado de subjetividad, porque nuestro bagaje de vida le imprime el sesgo personal a todo.-
Asi entonces, al leer la noticia, sentí culpa, porque en ocasiones permití que mi hijo menor suba a los cuatriciclos…Por eso no podrìa juzgar a esos padres del nene fallecido, por eso y por tomar conciencia ahora tal vez, no vuelva a decirle si al pedido de «una vueltita Ma»
Seamos honestos, es más fácil decirle a un hijo «si a todo» que ponerse serios y decir NO.- Decir sì, a salidas nocturnas, a salidas solos, a deportes extremos, a juegos peligrosos a la vuelta en cuatri, es en parte porque creemos que les damos felicidad y porque resulta màs grato que decir que NO.-
Cuando como padres ponemos el freno, el lìmite, EL NO, nos convertimos ante sus ojos en MALOS, y prefiero que piense que soy muy mala, a tener que llorar despues
Cuando nuestros hijos sean mayores de edad podrán decidir, hacer y deshacer su vida a su antojo, aunque el apoyo y mirada de los padres siempre los acompañe, pero mientras sean menores son nuestra responsabilidad ellos y lo que ellos hagan.-
Aqui empieza lo legal, aunque suene duro frente a una tragedia tan tremenda como la que ocurriò en Pinamar, la responsabilidad Civil por la muerte del nene, la tienen los padres del primo de 15 años, que era quien manejaba y quienes serian presuntamente dueños del cuatriciclo.-
La normativa respecto de los cuatriciclos es amplia , variada y contradictoria El uso de motos en el interior del paìs generò legislacion especìfica y uniforme en cuanto a patentamiento de las mismas, licencias , uso de cascos etc pero en el caso de los cuatriciclos segun la ciudad del interior va variando la exigencia.-Porque recordemos que los cuatriciclos son vehiculos para uso fuera de la ciudad, practicamente naciò como elemento de trabajo de campo…
Pero lo màs llamativo es la contradiccion entre el uso y publicidad de los cuatriciclos y lo que dicen sus fabricantes e incluso hacen constar en lugares visibles del rodado.- Dice en sus manuales y especificaciones tècnicas ( ver Honda 400) e incluso en stikers adheridos que solo pueden conducirlo mayores de 16 años, y dice en otro stiker adherido al asiento generalmente, que solo podrà ser utilizado por una persona, SIN ACOMPAÑANTES.- Pero el asiento està preparado para dos personas al menos. Y vemos en las playas que circulan en ocasiones 3 y 4 personas a bordo, incluso en la parte delantera donde sobre una estructura de fabrica se monta un almohadon y sube otro pasajero…
Entonces? donde queda la normativa que dice que tanto el conductor, que debe ser mayor de 16 años y con licencia para manejo de ciclomotores, cuatriciclos y motos, como el acompañante deben utilizar casco?? donde queda la ley que controla que solo viajen dos personas por rodado? Como responderà la cobertura del Seguro obligatorio por daños a terceros transportados y no transportados, si el fabricante indica que no se pueden llevar pasajeros? Ahi pesarà lo que diga la pòliza las que generalmente cubren a los transportados .-
Pero vayamos màs profundo en el anàlisis, que responsabilidad tiene el lugar? En este caso denominado «la Frontera» si es concesionario en la explotacion de la playa y dador de servicios deberà responder tambien por la negligencia en el control , lo cual es aplicable tambien a otro tipo de accidentes acaecidos dentro del lugar.- Si se puede requerir al concesionario, el registro de ingreso de ese dìa del cuatri, como y por quien fue declarado manejado e ingresado.-Asimismo si tienen cartelerìa de prevencion en cuanto a normas de seguridad para el uso de los cuatriciclos en dicho predio.-
La responsabilidad del Estado, en este caso Municipal prioritriamente, luego provincial y luego Nacional, està dada en la falla de control de exigencia en cuanto a que quienes conducen sean mayores habilitados, utilicen cascos etc, pero hay una realidad, en un punto el Estado no puede oficiar de padres… Sì se le puede reclamar al Estado el control de seguro obligatorio del cuatriciclo con el que se accidentaron, control de licencia del titular del cuatriciclo, etc.-
Habrìa otro caso y es el de los cuatriciclos de alquiler por horas, ahi el Estado es contralor con más injerencia , pues debe regular la actividad e imponer y hacer que se cumplan las normas basicas Alquiler a mayores de edad con licencia de conductor de cuatriciclos ( lo cual nunca ocurre), obligatoriedad en uso de casco y lentes visera, e incluso proteccion para quemaduras en piernas, que tengan seguro por la explotaciòn comercial que realizan, etc Lo que ocurre muchas veces es que lo alquila un mayor, le dan 3 nociones basicas de manejo y luego el mayor (nosotros los padres) le damos a manejar el cuatri a los menores
Mientras tipeo, sobre lo legal, sè que hay un nene muerto de tan solo 10 años, otro chico herido de 15 años que cargarà sobre sus hombros una culpa eterna, y unos padres que deberàn soportar ademàs del dolor INCONMENSURABLE de perder a un hijo, saber que podrìan haberlo evitado…
No se tome como condena a estos padres tan heridos, mis dichos, porque nadie està exento de haber dado un permiso q no debiò ser…
Que la muerte del nene nos deje un mensaje claro y no efìmero, seamos padres malos, por ponernos firmes en los lìmites a nuestros hijos y no seamos padres rotos y atravesados por un dolor sin cura.-

DRA VALERIA CARRERAS
ABOGADA